El INE analiza retirar 3 candidaturas a Morena por incumplir declaración 3 de 3

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Los morenistas Manuel Guillermo Chapman Moreno y Ana Elizabeth Ayala Leyva, ambos de Sinaloa, además de Raúl Tadeo Nava, de Morelos, omitieron informar en su declaración 3 de 3 que tenían una sentencia por violencia política de género, razón por la cual el INE analiza retirarles su candidatura a una diputación federal. En los casos de Chapman Morena y Ayala Leyva se comprobó que “no ostentan un modo honesto de vida”, porque durante sus cargos como presidente municipal y tesorera de Ahome, respectivamente, “se detectó que ejercieron violencia contra una mujer”.

Por su parte, Tadeo Nava fue denunciado por la presidenta del Instituto de la Mujer de Morelos, quien advirtió que ejerció violencia contra una sindica cuando fue presidenta municipal de Cuautla. “Se propone la cancelación de registros, dos de ellos hombres y una mujer, siendo en dos casos de mayoría relativa y un caso de representación proporcional, en atención a sentencias definitivas por no dolencia política de género”, aprobaron las comisiones unidas de Prerrogativas y Partidos Políticos y de Igualdad de Género y No Discriminación del INE. Patricio Ballados, director de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, indicó que este proyecto será subido a la sesión ordinaria del Consejo General, programada a las 10:00 horas de este miércoles 26 de mayo, para su discusión y aprobación. Al respecto, la consejera Dania Ravel se pronunció por la procedencia de la cancelación de tres registros, en virtud de que en las sentencias respectivas se les encontró culpables de ejercer actos de violencia política contra una mujer en razón de género. Las sentencias ‘determinaron que se mostró una conducta contumaz de no cumplir con lo ordenado por el Tribunal (Electoral del Poder Judicial de la Federación), además habían incurrido en repetición de los actos reclamados”

Mientras que en el caso de Morelos, “cuando fue presidente municipal –agregó Dania Ravel– impidió que la sindica municipal ejerciera sus funciones legales en el ayuntamiento; la excluyo de la toma de decisiones”. Ello, toda vez que “no se le convocaba a sesiones de Cabildo, la bloqueó económicamente, le impidió tener personal a su cargo y realizó en su contra expresiones denostativas, referentes a que no era capaz de realizar sus labores por ser mujer, todo esto durante tres años consecutivos”. El 31 de marzo, las Comisiones unidas aprobaron por unanimidad integrar un grupo interdisciplinario para revisar y corroborar la información que las candidatas y candidatos firmen como cierta en el formato 3 de 3 contra la violencia y, en caso de ser falsa, se procederá a cancelar su registro. En este sentido, avalaron que el INE pueda acudir ante las autoridades correspondientes para verificar que efectivamente las y los aspirantes a puestos de elección popular no hayan sido personas condenadas o sancionadas mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público, por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal. Tampoco deberán ser condenados como deudores o morosos alimentarios, salvo que acrediten estar al corriente del pago, o que cancelen en su totalidad la deuda, y que no cuenten con registro vigente en algún padrón de esta naturaleza.