SCJN invalida decreto de clasificación de obras prioritarias como seguridad nacional

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En una decisión mayoritaria, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revirtió el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador que clasificaba las obras prioritarias como de seguridad nacional.

Los ministros Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz fueron los únicos en votar en contra de la invalidación.

Durante la sesión de este jueves, el pleno de la SCJN determinó que el decreto vigente desde 2021 afecta el derecho a la información y las facultades de actuación del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El ministro Javier Laynez Potisek expresó su preocupación por la interferencia del decreto en las facultades reglamentarias del INAI, ya que obliga a todas las secretarías a clasificar como de seguridad nacional cualquier información no especificada en el decreto. Según el ministro, esto afecta el sistema y las facultades del INAI.

La presidenta de la Corte, Norma Lucía Piña, señaló que la reserva de información debe ser excepcional y basada en los principios de transparencia y máxima publicidad establecidos en la Constitución. Afirmó que la clasificación anticipada y generalizada de obras y proyectos como seguridad nacional va en contra de la regla general de transparencia y máxima seguridad, que requiere un análisis caso por caso y una prueba de daño previa.

Por su parte, la ministra Margarita Ríos Farjat afirmó que la norma combatida genera opacidad y anula las mejores prácticas en materia de transparencia institucional. Ríos Farjat enfatizó la falta de claridad tanto para los servidores públicos involucrados como para la sociedad en general, ya que el decreto no establece pautas claras sobre cómo proceder.

Con esta decisión de la SCJN, se revierte el decreto presidencial y se restablece el principio de transparencia en relación con las obras prioritarias del gobierno.