viernes 3 mayo 2024
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Se activa Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México

Se activa Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México

La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que debido a la presencia de un sistema de alta presión en el centro del país existe una condición de estabilidad atmosférica, con viento débil y escasa dispersión de los contaminantes precursores del ozono. La intensa radiación y alta temperatura contribuyen a un aumento en la actividad fotoquímica en la atmósfera que contribuye a la formación del ozono. Esto ha provocado un incremento del ozono en la mayor parte de la zona metropolitana, con concentraciones máximas al centro y sur de la Ciudad de México. A las 15:00 horas, la estación Benito Juárez (BJU), ubicada en la delegación Benito Juárez, en la Ciudad de México, reporta una concentración máxima de 161 puntos en el Índice de Calidad del Aire (165 ppb).Por esta circunstancia y con fundamento en el Programa para Contingencias Ambientales Atmosféricas se informa a la población que se activa la FASE I DE CONTINGENCIA AMBIENTAL ATMOSFÉRICA POR OZONO en la Zona Metropolitana del Valle de México

El día de mañana, martes 3 de mayo, sin considerar tipo de holograma, TODOS los vehículos, incluidos los de transporte de carga con placa federal y local, con engomado color ROSA o terminación de placa 7 y 8, así como vehículos con engomado color VERDE o terminación de placa 1 y 2 deberán suspender su circulación, además de las motocicletas con terminación de placa 1, 2, 7 y 8; en caso de que el color del engomado no corresponda con la terminación de la placa, deberán suspender su circulación de acuerdo a la terminación de la placa.       Para los vehículos con placas Federales se tomará el tercer dígito numérico para establecer la restricción de circulación.         

La industria de competencia federal y local que se encuentre en la ZMVM de los sectores cementero, farmacéutico, químico, hidrocarburos, generación de energía eléctrica, así como aquellas que utilicen solventes en sus procesos de manufactura deberán reducir entre el 30% y el 40% de sus emisiones a la atmósfera.

Las estaciones de servicio de gasolina que no tengan instalado y funcionando su sistema de recuperación de vapores deberán suspender actividades.

Adicionalmente: 

Durante la permanencia de los elevados índices de ozono que se presentan entre las 13:00 y las 19:00 horas se recomienda lo siguiente:

  1. Que los niños, adultos mayores y personas con problemas respiratorios y cardiovasculares   permanezcan en interiores en las horas de máxima concentración.
  2. Que los niños, jóvenes y adultos mayores eviten las actividades deportivas al aire libre,
  3. Que los deportistas se abstengan de realizar ejercicio en exteriores o desarrollar actividades que requieran un esfuerzo vigoroso.
  4. Que la población en general evite las actividades deportivas y de recreación al aire libre. 
  5. No fumar ni exponerse a humo de cigarro en espacios cerrados.

Las autoridades correspondientes deberán aplicar de manera inmediata las siguientes acciones:

  1. Las autoridades de tránsito y vialidad establecerán operativos para agilizar el tránsito vehicular en la Zona Metropolitana del Valle de México.
  2. Las autoridades ambientales incrementarán la vigilancia mediante el Programa de Vehículos Contaminantes en la Zona Metropolitana.
  3. Se suspenderán las actividades de pintura de vehículos en la vía pública, mobiliario y equipos a cielo abierto, así como en instalaciones que no cuenten con casetas de pintura.
  4. Se suspenderán las actividades de limpieza y desengrase en los sectores industrial y de servicios que utilicen productos orgánicos volátiles sin control de emisiones.
  5. Se suspenderán las actividades de abastecimiento de combustibles en estaciones de servicio que no cuenten con sistemas de recuperación de vapores o cuando estos no operen adecuadamente.
  6. Las dependencias y entidades de la administración pública local deberán intensificar la vigilancia para evitar incendios en áreas boscosas, agrícolas y urbanas. Deberán reforzar el combate de incendios activos.
  7. Las dependencias y entidades de la administración pública local, en coordinación con las autoridades federales, suspenderán las actividades de bacheo, pintado y pavimentación, así como las obras y actividades que obstruyan o dificulten el tránsito de vehículos.
  8. Queda prohibida la quema de cualquier tipo de material o residuo sólido o líquido a cielo abierto o en chimeneas domésticas, incluyendo las quemas realizadas para adiestramiento y capacitación de personal encargado del combate de incendios, así como las quemas agrícolas y fogatas de todo tipo.
  9. Se suspenderán todas las actividades de impresión que utilicen productos orgánicos volátiles  que no cuenten con equipo de control.
  10. Se suspenderán las actividades industriales que utilicen benceno, tolueno, xilenos o sus derivados que no cuenten con equipos de control.

Se exhorta a la población a informarse continuamente sobre la calidad del aire consultando la siguiente página web aire.df.gob.mx o bien, a través de la aplicación AIRE que se encuentra disponible para dispositivos iOS y Android.  

Solicitamos el apoyo de todos los sectores de la sociedad para evitar y reportar incendios.

Números para reportar incendios:

  • En la Ciudad de México

CORENA: 56 30 53 60

LOCATEL: 56 58 11 11

  • BOMBEROS: 068       
  • EMERGENCIAS 066
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