INE modifica obligaciones de transparencia de los partidos y avala afiliación electrónica en Morena

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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) modificó las obligaciones de transparencia aplicables a los partidos políticos nacionales y avaló la constitucionalidad de la afiliación electrónica en Morena, en cumplimiento de resoluciones judiciales y ajustes a la normatividad interna del partido.

Ciudad de México, 20 de junio de 2026.- Durante una sesión ordinaria, el máximo órgano de dirección del INE aprobó modificaciones al dictamen de validación y a las tablas de aplicabilidad de las obligaciones de transparencia comunes y específicas para los partidos políticos nacionales, en acatamiento a una sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Como parte de la revisión, el instituto realizó un análisis de las disposiciones contenidas en el artículo 65 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), determinando dejar sin efectos la aplicabilidad de las fracciones IV, VI, VII y XXI para los partidos políticos nacionales.

El organismo electoral argumentó que las fuerzas políticas ya cuentan con obligaciones específicas establecidas en el artículo 75 de la propia ley, relacionadas con la publicación de metas y objetivos, directorios de órganos de dirección y tabuladores de remuneraciones de sus integrantes.

Con esta decisión, el INE concluyó que mantener obligaciones adicionales originalmente diseñadas para servidores públicos representaba una doble carga normativa, sin afectar el derecho ciudadano de acceso a la información.

Asimismo, los partidos políticos quedarán exentos de la fracción XXI, referente a la publicación de montos destinados a comunicación social y publicidad oficial, bajo el criterio de que dichas funciones no corresponden a su naturaleza jurídica.

En otro punto de la sesión, el Consejo General aprobó la procedencia constitucional y legal de las modificaciones al Estatuto de Morena, aprobadas durante su VIII Congreso Nacional Extraordinario celebrado el pasado 3 de mayo de 2026.

La reforma reconoce la afiliación electrónica como una modalidad válida para ejercer el derecho de asociación política y establece un plazo máximo de seis meses para que Morena adecue sus reglamentos internos y defina las reglas operativas correspondientes.

La consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, aclaró que la resolución no implica la validación automática de afiliaciones ni limita las facultades de supervisión y verificación del instituto.

“La resolución no convalida afiliaciones ni renuncia a las facultades de verificación del INE; simplemente reconoce que la afiliación electrónica como modalidad del ejercicio del derecho de asociación política es constitucional y legalmente viable, siempre que se garantice la identidad, la voluntad, la autenticidad y la protección de datos personales”, puntualizó.

Finalmente, el Consejo General también dio cumplimiento a nueve sentencias emitidas por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en materia de fiscalización.