Los videojuegos y aplicaciones digitales deberán informar su clasificación y especificar si cuentan con controles parentales cuando sean aptos para menores de edad, de aprobarse una reforma que comenzó a ser analizada en el Senado de la República.
La minuta, enviada por la Cámara de Diputados, propone modificar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para proteger sus datos personales y garantizarles entornos digitales seguros, libres de ciberacoso, violencia y otras conductas que vulneren su privacidad.
El proyecto obligaría a las autoridades federales, estatales, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México a adoptar medidas para prevenir, atender y sancionar los casos de violencia contra menores en plataformas, aplicaciones y otros espacios digitales.
La propuesta fue turnada el 2 de septiembre a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, Derechos Digitales y Estudios Legislativos Segunda, cuyos integrantes deberán analizarla y elaborar el dictamen correspondiente.
Clasificación abarcaría plataformas y aplicaciones
Uno de los principales cambios plantea que la Secretaría de Gobernación expida lineamientos para clasificar no sólo los contenidos transmitidos por radio y televisión, sino también los disponibles en plataformas y aplicaciones digitales.
La regulación incluiría videos, videojuegos y materiales impresos distribuidos, comercializados o alquilados mediante soportes físicos o digitales.
Los videojuegos y aplicaciones ofrecidos por medio de tiendas digitales tendrían que mostrar la clasificación correspondiente. Cuando el contenido esté dirigido o sea apto para menores, también debería informar si dispone de herramientas de control parental.
Estas funciones permiten a madres, padres y tutores restringir contenidos, establecer límites de uso, bloquear compras o controlar la comunicación con otras personas dentro de juegos y aplicaciones.
Protección de datos en todos los entornos
La minuta establece que los datos personales de niñas, niños y adolescentes deberán protegerse en cualquier entorno, incluidos los servicios digitales.
La disposición abarcaría información que permita identificar directa o indirectamente a una persona menor de edad, como su nombre, fotografías, ubicación, hábitos de navegación y datos proporcionados mediante aplicaciones o plataformas.
También obligaría a las autoridades competentes a establecer medidas para prevenir, atender y erradicar cualquier modalidad de violencia digital que vulnere los derechos, la seguridad o la privacidad de niñas, niños y adolescentes.
Entre los riesgos presentes en internet se encuentran el ciberacoso, las amenazas, la difusión de contenido personal sin consentimiento, la suplantación de identidad, el contacto con desconocidos y la exposición a materiales inadecuados para su edad.
La reforma todavía no entra en vigor
El proyecto aún debe ser discutido y aprobado por las comisiones correspondientes. Posteriormente tendría que someterse a votación del pleno del Senado.
Si los senadores realizan modificaciones, la minuta deberá regresar a la Cámara de Diputados para una nueva revisión. En caso de aprobarse sin cambios, será enviada al Ejecutivo federal para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Por el momento, las obligaciones sobre clasificación de aplicaciones, información de controles parentales y nuevas medidas de protección digital forman parte de una propuesta legislativa y todavía no se encuentran vigentes.


