PENAS MÁS SEVERAS POR ROBO A CUENTAHABIENTES, CASA HABITACIÓN Y EXTORSIÓN, APRUEBAN DIPUTADOS

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PENAS MÁS SEVERAS POR ROBO A CUENTAHABIENTES, CASA HABITACIÓN Y EXTORSIÓN, APRUEBAN DIPUTADOS

Agravar las penalidades por robo a cuentahabientes y a casa habitación, así como extorsión como el denominado “cobro de derecho de piso”, amenaza o engaño telefónico, además de permitir órdenes judiciales y solitudes de audiencias en línea, son algunos de los propósitos de las reformas en materia penal aprobadas por unanimidad de la 59 Legislatura mexiquense, a propuesta del gobernador Eruviel Ávila Villegas.

En sesión del Tercer Periodo Extraordinario, presidido por el diputado Miguel Sámano Peralta (PRI), los legisladores también avalaron reformas para establecer la figura de usucapión abreviado, propuesta por el gobernador Eruviel Ávila Villegas, y calificaron a favor dos minutas enviadas por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

El legislador Óscar Vergara Gómez (PT) dio lectura a la iniciativa dispensada del trámite de dictamen que reforma el Código Penal, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia y la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México.

Entre otros aspectos, estas reformas establecen que la sentencia sea de ocho a 12 años de prisión a quienes roben a cuentahabientes aun cuando no sea con violencia, en tanto que las personas que realicen actos de extorsión, como el llamado “cobro de derecho de piso”, se les impondrán penas de 40 años hasta prisión vitalicia, o 70 años y multas de 700 a 5 mil días.

De igual forma, se incrementan las penas cuando en robo a casa habitación haya afectación a los bienes, y sanciones para quienes realicen división y venta de lotes sin la autorización correspondiente, en tanto a quienes se instalen o invadan inmuebles de forma ilegal se les impondrán de cuatro a 10 años de prisión y de 300 a mil días de multa, y cuando se realice esta acción por dos o más personas, será de seis a 12 años de cárcel y de 300 a mil días de multa. Además, se fortalece el monitoreo electrónico como sustituto penal.

PROCEDIMIENTO DE JUICIO DE USUCAPIÓN ÁGIL

Con el objetivo de que los mexiquenses cuenten con certeza jurídica de sus propiedades, la 59 Legislatura mexiquense avaló reformas al Código de Procedimientos Civiles propuestas por el mandatario estatal para promover la figura de juicio de usucapión abreviado, es decir un procedimiento más corto para obtener los derechos sobre un predio del que se ha tenido posesión durante un plazo de cinco años. La reforma elimina la vía de juicio oral y disminuye el juicio de usucapión a dos meses.

           El resolutivo leído por la legisladora Patricia Durán Reveles (Movimiento Ciudadano) explica que en el Estado de México, cuando una persona tiene en posesión durante cinco años un bien inmueble puede pasar a ser propietario del mismo, pero para conseguirlo es necesario iniciar un juicio, el cual puede tardar en realizarse hasta en un plazo mayor a los dos años.

         Por tal motivo, se impulsa el juicio de usucapión abreviado, para dueños de predios de hasta 200 metros cuadrados, cuyo valor se encuentre dentro de lo que señale el Código Financiero y cuente con características de vivienda popular.

APRUEBA LEGISLATURA MINUTAS ENVIADAS POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN

La Legislatura mexiquense aprobó, por unanimidad de votos, dos minutas enviadas por el Congreso de la Unión que reforman los artículos 73 y 11 de la Constitución Política federal. El diputado Anuar Roberto Azar Figueroa (PAN) dio lectura a la primera, por la que adiciona la fracción XXIX-X al citado artículo para facultar al Congreso de la Unión a expedir la Ley General en materia de Derechos de las Víctimas.

En tanto, el legislador  Óscar Vergara Gómez (PT) dio lectura a la minuta que reforma el segundo párrafo del  artículo 11 para establecer que toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo político.

Dispensadas del trámite de dictamen, ambas fueron enviadas por el Congreso de la Unión para atender lo dispuesto en artículo 135 constitucional que estipula que la Constitución federal puede ser modificada una vez que las reformas hayan sido aprobadas por la mayoría de las Legislaturas de los estados y de la Ciudad de México.