La Sala Superior del TEPJF también revocó la resolución de nulidad del los comicios en la capital de Querétaro, por lo que confirmó el triunfo del panista Luis Bernardo Nava.
Al resolver el paquete de impugnaciones en contra de la determinación emitida por los magistrados de la Sala Regional Monterrey, que determinó anular la elección de la capital queretana bajo el argumento de que el presidente municipal interino, Enrique Correa, violó los principios de equidad e imparcialidad.
Sin embargo, el magistrado ponente del proyecto de resolución, José Luis Vargas Valdez, puntualizó que no es suficiente que mensajes de corte político hayan sido difundidos por la cuenta del funcionario, sino que la Sala Regional debió analizar si se acreditaba el uso de recursos y se debió privilegiar la libertad de expresión.
En la elección Luis Nava superó a Adolfo Ríos de la coalición ‘Juntos Haremos Historia’, con mil 503 votos, esto es 0.32 por ciento.
Los magistrados indicaron que las acciones del presidente municipal no constituyen probanza para señalar que las elecciones tuvieron vicios suficientes para anularlas, y que no difundió propaganda gubernamental en Facebook, pues lo que expuso en esta red formaba parte de sus actividades diarios como presidente municipal interino.
En redes sociales, Adolfo Ríos, candidato de Morena, PES Y PT, aseguró que respeta las instituciones y pide transparencia a los próximos gobernantes
El excandidato de la coalición Morena-PES-PT expresó que “demostraron la verdad y no fue escuchada” al acudir a los tribunales para defender el voto de los queretanos.
“Hablamos de respeto y lo mantendremos, el no ganar no significa perder, la voluntad del hombre es volátil, el propósito de Dios no; Demostramos la verdad y no fue escuchada. Logramos despertar conciencias y los gobernantes tendrán que preocuparse por hacer las cosas con transparencia, a la gente no se le debe engañar. Muchas gracias a todos, aprendimos mucho y estamos fortaleciendo lo que iniciamos”, se lee en su cuenta.
En el caso de Huimilpan, los magistrados de la Sala Superior refirieron que no se acreditó que la candidata Leticia Servín haya hecho uso de símbolos religiosos para favorecerse y llamar al voto y con ello violar los principios de equidad y laicidad
Indicaron que las imágenes que publicó en su red social de Facebook no hacen referencia a que con símbolos religiosos solicite el voto, o que tenga identidad o empatía con ellos.
En lo particular, consideraron que no se aprecia que la candidata haya asociado los contenidos religiosos con su credo y con la campaña política.
“No se advierte alusión directa o indirecta a la religión ni se llamó al voto utilizando aspectos históricos, religioso o sociales y no se encuentra comprobada violación sustancial a principios de laicidad y equidad.”