Martha Erika Alonso, Gobernadora de Puebla: TEPJF

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el triunfo de Martha Erika Alonso, postulada por la Coalición Por Puebla al Frente, quien tomará posesión como gobernadora del Estado de Puebla el viernes 14 de diciembre.
Por mayoría, la Sala Superior desechó el proyecto de sentencia del Magistrado José Luis Vargas, que proponía declarar la nulidad de la elección, al considerar que la violencia, robo y destrucción de urnas en 59 casillas, robo de 4 urnas y 800 boletas encontradas en una camioneta volcada fueron irregularidades que fueron probadas en el expediente, pero que no reúnen los requisitos de determinancia que exige la legislación electoral, para anular la elección y, además, no inhibieron la participación ciudadana.
Respecto a la violación de la cadena de custodia, en el resguardo de los paquetes electorales, los magistrados de la mayoría señalaron que no hay “evidencia empírica”, “evidencia razonable” de alteración de los paquetes electorales, ya que en el proyecto que fue rechazado sólo hay “meras posibilidades, hipótesis” y “las pruebas fueron insuficientes para acreditar irregularidades”.
Asimismo, los señalamientos de Morena y de su entonces candidato Miguel Barbosa relacionados con la presunta comisión de delitos por parte de servidores públicos del Gobierno del Estado de Puebla, militantes partidistas e integrantes de la campaña de la coalición Por Puebla al Frente fueron considerados infundados, al advertir que los actores no probaron la compra de votos, la existencia de un laboratorio electoral, “que las personas ilegalmente detenidas por elementos de seguridad pública de la entidad hayan sido brigadistas de Morena”; y que en el robo de cuatro urnas, “no se acredita responsabilidad de algún funcionario estatal”.
De acuerdo al cómputo de votos original, la Coalición Por Puebla al frente obtuvo 1 millón 153 mil 79 votos y después del recuento que ordenó la Sala Superior el 19 de septiembre, la votación quedó en 1 millón 104 mil 60 votos; en el caso de la Coalición Juntos Haremos Historia, la votación del cómputo original fue de 1 millón 31 mil 43 votos y tras el recuento fueron997 mil 605 votos. La participación ciudadana en la elección del 1º de julio en Puebla fue del 67 % del listado nominal.
En contra de la nulidad de la elección que proponía el proyecto del Magistrado José Luis Vargas, votaron los magistrados Janine Otálora, Indalfer Infante, Reyes Rodríguez y Felipe de la Mata.
El 6 de diciembre, en sesión privada, la Sala Superior determinó por unanimidad que “no se actualiza el impedimento legal para que el Magistrado José Luis Vargas conozca de los juicios de revisión constitucional y para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano”, relacionados con la elección de gobernador del estado de Puebla. Con la ausencia de los Magistrados Reyes Rodríguez y Felipe de la Mata, así como del propio Vargas Valdez, los magistrados consideraron que “para tener por acreditada la causa de impedimento es necesario que objetivamente se constate un conflicto de intereses personales, económicos, patrimoniales, entre otros similares, entre el juzgador y las partes. Cuestión que en la especie, no acontece”.
La Coalición Por Puebla al Frente, los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática presentaron a principios de esta semana ante el TEPJF sendas solicitudes de impedimento, encaminadas a conseguir que el Magistrado José Luis Varga se abstuviera de conocer las impugnaciones relacionadas con la solicitud de Morena y su candidato Miguel Barbosa para invalidar la elección de gobernador del Estado, celebrada el 1º de julio pasado.
Magistrada Presidenta Janine Otálora.- Lo importante es preservar es el sufragio expresado en las urnas
Magistrado Reyes Rodríguez.- Si la bodega hubiese sido manipulada, la variación tendría que haber sido en el sentido de aumentar la diferencia entre el primero y el segundo lugar. Ambos perdieron votos. Por Puebla al frente perdió 49 mil 19 votos con el recuento; Juntos Haremos Historia perdió 33 mil 438 votos, de hecho perdió menos votos y mejoró su porcentaje total de votación. No hay evidencia empírica de alteración de los paquetes electorales. Son meras posibilidades, hipótesis, no hay mayor prueba, no hay evidencia razonable.
Magistrado Felipe de la Mata.- Los actos jurídicos tienen a su favor una presunción de validez que sólo puede destruirse cuando las irregularidades estén plenamente acreditadas. Coincido con que las pruebas fueron insuficientes para acreditar irregularidades. No se probó intervención de funcionarios electorales, compra de votos, ni laboratorio electoral. Esta elección tendría que ser validada.
Magistrado José Luis Vargas.- Esta elección huele mal….Las presiones y amenazas en medios de comunicación y prensa y otros medios de intimidación, de los cuales un servidor y varios de los aquí presentes fuimos sujetos en los últimos días, han reforzado mi convicción de que los jueces debemos resolver con plena autonomía sin importar las influencias, factores externos o intereses que intentan aminorarla y sojuzgar.
Magistrado Felipe Fuentes Barrera.- La diferencia de votos pierde eficacia jurídica al estar comprometida toda la paquetería electoral. Falta de cuidado en el resguardo de paquetes. No nos es posible afirmar que prevaleció el principio de certeza.
Mónica Soto.- No está probado, ni existe evidencia de que la autoridad electoral modificó el contenido o los paquetes electorales con algún propósito, con dolo, con alguna intención. Ni el proyecto lo señala, hay irregularidades que se emitieron por el órgano, sin que se pueda con ello determinar que hubo alguna intención, lo cual no quita la gravedad a la falta de cuidado. Que el INE investigue y valore responsabilidades de los integrantes de este órgano.