sábado 4 mayo 2024
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En México ninguna ley general tipifica la violencia política en razón de género: CELIG

El Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género (CELIG), de la Cámara de Diputados, aseguró que actualmente en México ninguna ley general tipifica la violencia política por ser mujeres. “Es uno de los grandes problemas del siglo XXI”.

En su análisis “Violencia política en razón de género”, resalta que aunque el artículo primero de la Constitución prohíbe expresamente todo tipo de discriminación, ellas siguen siendo blanco de estigmatización por el solo hecho de ser mujeres, lo que supone la costumbre de designarles una función que deben cumplir en la sociedad.

La agresión política es el obstáculo que enfrentan por querer ejercer sus derechos político-electorales y acceder e influenciar en sus comunidades, situación que no tiene que ver con sus ideas, propuestas, o por pertenecer a un determinado partido político, sino por ser mujeres.

El estudio del CELIG refiere que sólo cinco estados establecen este tipo de violencia en su Constitución; 18 la mencionan en su ley electoral; 21, en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; cuatro, la tipifican como delito en su Código Penal, y tres, no la han legislado en ninguno de sus marcos jurídicos.

Destacó que “México es uno de los países con más violencia contra las mujeres a nivel mundial”. Todavía prevalecen expresiones como “no hay mujeres capaces”, que se utilizan como pretexto para obstaculizar la participación femenina en la política, en todos los niveles.

La Ciudad de México, Tlaxcala, Chiapas y Oaxaca son las entidades con mayor número de denuncias por agresiones políticas, en el nuevo sistema penal acusatorio, refirió.

El 18 de abril de 2018, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) dictó por primera vez medidas cautelares para bajar de Facebook y de un blog de Internet expresiones de violencia política en razón de género.

El año pasado, continuó, se registraron 106 casos de violencia política en contra de las mujeres; hubo 16 candidatas asesinadas y 10 casos vinculados a hechos que lesionaron directamente los derechos político-electorales de las indígenas, de acuerdo con la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE).

La FEPADE se encarga de promover, garantizar y proteger el ejercicio de los derechos humanos de las personas víctimas y ofendidas en casos de violencia política en razón de género, “a pesar de no contar con una legislación específica”.

Las instituciones encomendadas de atender este tipo de agresiones son el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); Instituto Nacional Electoral (INE), y la FEPADE. Las dos primeras construyeron y firmaron el Protocolo para Atender la Violencia Política Contra la Mujer en 2016.

Sin embargo, aseguró el CELIG, aún hay mucho camino por andar hacia la igualdad. Visibilizar el problema es un buen inicio, porque todavía las mujeres son invisibles para participar en espacios de verdadera toma de decisiones, sostuvo.

Atribuyó el aumento de la violencia política en razón de género al avance de la población femenina en los asuntos públicos logrados en los últimos años. Ese proceso inició en el siglo XIX, con la participación de Leona Vicario, Josefa Ortiz, Elvia Carrillo Puerto y muchas más.

La ruta seguida para lograr el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres parte desde el derecho al voto hasta el logro de la paridad. La integración de los órganos políticos no ha sido fácil, si se toma en cuenta que este tipo de agresión de género aparece en forma de rechazo y hostilidad hacia quienes buscan ejercer sus derechos político-electorales.

Este tipo de agresión se traduce en acciones u omisiones que impactan o afectan desproporcionadamente a una o más mujeres, al participar en la vida política, no por su preparación o capacidad, sino por el sencillo hecho de serlo, con el propósito de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio de un cargo público.

Aclaró que también puede incluir otro tipo de violencia como la física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida.

El CELIG apuntó que las leyes deben garantizar el principio de paridad; sin embargo, actualmente se mantiene la resistencia a la participación femenina, a pesar de todos los avances logrados. No siempre son causas jurídicas, sino de carácter social, las que obstruyen el camino hacia la igualdad.

De acuerdo a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en México las mujeres siguen sufriendo elevadas tasas de violencia. Eso incluye la crueldad en el hogar, acoso laboral, abuso sexual, feminicidio y agresión en el ejercicio de sus derechos político-electorales, precisa la Organización de las Naciones Unidas (ONU), comentó.

https://reflexion24informativo.com.mx/en-mexico-ninguna-ley-general-tipifica-la-violencia-politica-en-razon-de-genero-celig

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