Propone Morena prohibir venta de cerveza fría en la CDMX

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La fracción de Morena en el Congreso capitalino presentó una iniciativa para desalentar el consumo de bebidas alcohólicas en la capital del país, especificando que la venta de cerveza o bebidas con cantidades de alcohol menor al siete por ciento, se haga sin refrigerar.

Los diputados locales de Morena proponen que ese tipo de bebidas se vendan a temperatura ambiente y no frías, a efecto de desalentar su ingesta al momento de que se compran.

La propuesta de la diputada Lourdes Paz Reyes, que adicionan los artículos 36, con los incisos b) y c), y 71, con la fracción x, y reforma el artículo 66 de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, establece que en la tienda se deberá exhibir y/o señalar en un lugar visible, la prohibición de ingerir bebidas alcohólicas al interior del establecimiento y en la vía pública.

Además se precisa que “quien contravenga esta disposición será exhortado a que se retire del lugar, y ante una segunda negativa se solicitará el auxilio de la Secretaría de Seguridad Ciudadana”.

Detalló además que el dueño o titular de dicha tienda, deberá implementar acciones tendentes a desincentivar el consumo excesivo de bebidas alcohólicas, difundiendo información sobre los efectos nocivos de su ingesta y de manejar bajo los influjos del alcohol.

En sus consideraciones, la legisladora explicó que según datos de la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco (Encodat) 2016-2017, la Ciudad de México presenta el índice más alto de consumo entre jóvenes que cursan la secundaria y bachillerato, con graves consecuencias para su salud, además de que es un elemento presente en diversos accidentes y en la comisión de delitos.

En la Ciudad de México hemos presenciado que en los últimos meses se han incrementado los lugares donde se oferta la cerveza para su consumo inmediato, conocidos con el nombre de ‘chelerías’.

Sin embargo, la modalidad con la que operan estos comercios, en muchos casos irregulares, es variada, pues existen supuestos en que la venta de productos en envase abierto se realiza en la vía pública; en otros casos, dentro de establecimientos mercantiles que deberían contar con permiso para la venta de bebidas alcohólicas en envase abierto o al copeo”, planteó la legisladora.

Aseguró que las modificaciones al Artículo 66 y adición del 71 se basan en las sanciones aplicables a los titulares de giros de bajo impacto, ya que en caso de permitir o facilitar el consumo de bebidas alcohólicas al interior de sus locales o en la vía pública, se cambian las sanciones pecuniarias por la clausura del negocio.