El Himno Nacional es uno de los tres símbolos patrios de México, junto con el escudo y la bandera, el cual es considerado como uno de los más bonitos del mundo, esto a pesar tocar temas bélicos. Sin embargo existen estrofas prohibidas las cuales podrían hacerte acreedor de una multa si llegas a cantarlas
Desde que comenzó a usarse en 1854, a petición del presidente Antonio López de Santa Anna, el Himno Nacional ha tenido diversas modificaciones en su estructura, por lo que la mayoría de mexicanos desconocen su composición íntegra.
Y es que la composición original de Jaime Nunó y Francisco González Bocanegra estaba compuesta de 10 estrofas, sin embargo, durante la administración del presidente Manuel Ávila Camacho se promulgó un decreto en 1943 con el que quedó establecido que únicamente se usarían los fragmentos I, V, VI y X, más los estribillos del himno.
Cabe señalar que casi medio siglo después, en 1901, cuando se planeó la posibilidad de usarlos como el himno oficial de México. Finalmente, en 1910 sería elegido por Porfirio Díaz para sonar en la celebración del centenario de la Independencia de México.
Las estrofas que fueron eliminadas son la IV y VII, mismas que están dedicadas al propio Antonio López de Santa Anna y al primer emperador de México, Agustín de Iturbide.
Esto dice la estrofa dedicada a Santa Anna:
Del guerrero inmortal de Zempoala
Te defiende la espada terrible,
Y sostiene su brazo invencible
tu sagrado pendón tricolor.
¡El será del feliz mexicano!
en la paz y en la guerra el caudillo,
porque él supo sus armas de brillo
circundar en los campos de honor.
¡Circundar en los campos de honor!
Mientras que la estrofa de Iturbide menciona lo siguiente:
Si a la lid contra hueste enemiga
Nos convoca la trompa guerrera,
De Iturbide la sacra bandera
¡Mexicanos! valientes seguid.
Y a los fieros bridones les sirvan
Las vencidas hazañas de alfombra;
Los laureles del triunfo den sombra
A la frente del bravo Adalid.
¿Cuál es la sanción por entonar estas estrofas?
De acuerdo con la Ley Sobre El Escudo, La Bandera y el Himno Nacionales, el uso indebido de cualquier símbolo patrio, incluida la modificación de la letra del himno, representa una falta administrativa “por lo que se pagaría una multa de “hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al momento de cometerse la infracción“.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) el valor de la UMA para 2019, misma que entró en vigor el pasado 1 de febrero, es de 84.49 pesos diarios, por lo que cantar mal el himno o usar estas estrofas equivaldría a una sanción por casi 85 mil pesos.