viernes 3 mayo 2024
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POR ACUERDO DE TODOS LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS SE ELIMINA EL FUERO EN LA CDMX

Con una votación casi unánime (74 votos en favor y uno en contra, del diputado Jaime Cárdenas), la Asamblea Constituyente aprobó en lo general y en lo particular el artículo 72 de la Constitución Política de la Ciudad de México, con el cual quedó eliminado el fuero para los servidores públicos de la capital del país.

Con el apoyo de todos los grupos parlamentarios, se acordó que las personas servidoras públicas son responsables por los delitos que cometan durante el tiempo de su encargo y no gozarán de impunidad. La ley determinará el procedimiento para el ejercicio de la acción penal cuando se trate de delitos del fuero común, con observancia del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de respeto al debido proceso.

El plazo de prescripción de los delitos cometidos por servidores públicos, incluyendo cohecho, peculado, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias o cualquier otro que implique malversación de recursos o deuda públicos, se interrumpirá cuando el indiciado  haya eludido la acción de la justicia.

Por otra parte, quedó a salvó el derecho de los integrantes del Congreso para expresar opiniones como parte de su función, por lo podrán ser reconvenidos ni procesados por ello. El presidente del Congreso de la Ciudad de México velará por el respeto a la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar.

Al razonar sus votos en favor, las diputadas de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Elvira Daniel, y de Movimiento Ciudadano, Esthela Damián, y los diputados Armando Ríos Piter, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), y el diputado Hugo Eric Flores, del Partido Encuentro Social (PES) exhortaron a sus compañeros que a la vez son miembros del Congreso de la Unión, a replicar la eliminación del fuero a nivel federal.

Daniel Kabbaz se congratuló por la disposición de todos los grupos parlamentarios para coincidir en unanimidad. “La eliminación del fuero es un llamado irrenunciable; aquí hay 28 integrantes del Constituyente permanente, a quienes les encargo que inicien una reforma política a la Constitución federal para que a nivel nacional se elimine el fuero; hoy, de nuevo, la Ciudad de México vuelve a ser punta de lanza en el país”.

Esthela Damián Peralta señaló que la Ciudad de México será el segundo lugar del país, después de Jalisco, donde se apruebe la eliminación del fuero. “Hoy requerimos empezar a creer unos en los otros, el ciudadano en el político y el político demostrarle al ciudadano que está cambiando, quitándose todo tipo de privilegios. No a la inmunidad, no al fuero, no a ningún otro instrumento jurídico que en la Constitución le permita gozar de impunidad y que le permita corromper las instituciones”, abundó.

El diputado del PES, Eric Flores, dijo que la eliminación del fuero no tendrá sentido si no se lleva a la Constitución federal. Recordó que su partido fue el primero en presentar una iniciativa al respecto y celebró que haya una conciencia de que la ciudadanía está imponiendo su propia agenda. “Ojalá este tema no sea una bandera política de una clase que se quiere reconciliar con el pueblo”, apuntó.

El perredista Armando Ríos Piter, celebró la aprobación del artículo y señaló que no se puede concebir un sistema anticorrupción si se mantiene el fuero a nivel nacional. “Traslademos el espíritu de la acción de los grupos parlamentarios aquí en la Asamblea Constituyente para incidir con nuestros compañeros de partido, y que este avance lo transportemos a nivel federal como herencia de la Ciudad de México”, convocó Ríos Piter.

Juan Carlos Romero Hicks, diputado del PAN, dijo que se acordó eliminar el fuero por ser una exigencia para combatir la corrupción y los malos manejos; sin embargo, aclaró, hay que estar conscientes de que existe un riesgo latente para que pudiera buscarse la criminalización del servicio público, “esa fue la génesis de la institución del fuero, hoy rebasada y escasamente reglamentada”.

El diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Roberto López, llamó a la Asamblea Constituyente a votar en favor pues, dijo, la eliminación del fuero es una propuesta fundamental del proyecto de Constitución del Jefe de Gobierno que busca dar igualdad de circunstancias a los ciudadanos y los que hacen política desde el congreso local. “No es justo que el ciudadano común, si comete un delito, se le sancione, y al diputado, por el fuero, no se le inicie procedimiento; los abusos llegan al extremo de que por tener fuero sienten derecho de pasarse incluso los altos o estar armados”, opinó el diputado López.

Por su parte, Augusto Gómez Villanueva, diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), consideró que el artículo 72 es de gran trascendencia. Agregó que se deja una herencia y una constancia del esfuerzo de la constituyente “buscando transformar la legislación como un esfuerzo que sea una llave que abra la conciencia hacia el logro de una sociedad donde los motivos y las aspiraciones sean la continuidad de esa alta moralidad pública”.

Patricia Ortiz Couturier, diputada de Morena, dijo que es tarea de los jóvenes constituyentes superar los límites de viejos regímenes. Agregó que ésa es la razón principal por la que se elimina el fuero, pues a su amparo floreció la corrupción. La principal falla de esta figura es el mal comportamiento de quienes lo gozan y la mala regulación del mismo, puntualizó.

Tobyanne Ledesma, diputada perredista, señaló que la eliminación del fuero es una demanda muy importante, por lo que no debe ser vista como una medalla. “Toda la gente que ha sufrido injusticias al menos sentirá que estamos en igualdad de condiciones. Dedicarse a lo público significa dedicarse a los demás”.

APROBADO, EL JUICIO POLÍTICO

Por unanimidad, la Asamblea Constituyente aprobó el artículo 71, referido a la responsabilidad política de los servidores públicos.

De esta forma, se estableció que será sujeto de juicio político por violaciones graves a esta Constitución y las leyes que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos de la Ciudad de México, quien ocupa un cargo de elección popular, ostente un cargo de magistratura dentro de la función judicial, sea titular del Consejo de la Judicatura de la Ciudad, de los organismos autónomos, de las secretarías del gabinete, de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, del Sistema Anticorrupción, de los organismos descentralizados o fideicomisos públicos, así como todo servidor público que haya sido nombrado o ratificado por el Congreso.

Toda solicitud deberá ser presentada ante el Congreso de la Ciudad y dictaminada en un plazo no mayor a treinta días. En su sustanciación se citará a comparecer ante el Congreso de la ciudad al acusado a efecto de respetar su garantía de audiencia. Cumpliendo este requisito, el Pleno determinará mediante resolución de las dos terceras partes de los miembros presentes en la sesión, si se procede a separarlo del cargo.

Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público. No procede el juicio político por la mera expresión de ideas. Las resoluciones emitidas por el Congreso local son inatacables.

Jaime Cárdenas, diputado de Morena, dijo se debe distinguir responsabilidad política de los altos servidores públicos electos de los no electos. Para los electos, agregó, debe proceder la revocación del mandato, en tanto para los no electos, debe aplicarse el juicio político.

El diputado del PAN, Gonzalo Altamirano Dimas, señaló que el juicio político es una figura muy importante para los malos servidores públicos, al margen de otras figuras que pueden ser responsabilidad penal o civil; Enhorabuena, dijo, que en esta constitución se plasmen con claridad los alcances del juicio político para los malos funcionarios.

Fernando Lerdo de Tejada, diputado del Ejecutivo Federal, manifestó que la responsabilidad política que se establece en el artículo 71 es uno de los elementos modernizadores de la constitución. “Hemos avanzado en un procedimiento expedito y claro que hará del juicio político y la responsabilidad política, un elemento característico de la constitución”, destacó. El diputado Lerdo de Tejada hizo señalamientos sobre algunas imprecisiones en el texto propuesto, por lo que un grupo redactor propuso un texto alternativo que obtuvo el voto unánime de los constituyentes.

La diputada morenista Bertha Luján, en pro del artículo, advirtió que el juicio político en la realidad nacional pueden ser letra muerta o instrumento de venganza política entre partidos políticos, gobierno, funcionarios o dirigentes políticos. Por ello, llamó a que en las leyes se  concrete y aterrice lo que el juicio puede significar para la vida pública.

“Las causales de juicio político incluyen el manejo indebido de fondos y recursos, el ataque a la libertad del sufragio, y en el análisis de la realidad encontramos que estas causales están en todos lados; por lo que hay que asegurar que aquellos funcionarios públicos con responsabilidades sean sancionados y, en su caso, se les obligue a restituir y pagar”, añadió Luján.

TENDRÁN QUE REPARAR EL DAÑO SERVIDORES PÚBLICOS

De igual forma se aprobó el artículo 73, sobre la responsabilidad patrimonial de la Ciudad de México. Se estableció que cuando haya actividades administrativas irregulares que causen daño a la ciudad, la responsabilidad será objetiva y directa; en la determinación de estas responsabilidades se privilegiará la reparación o remediación del daño causado y, en su caso la adopción de garantías de no repetición. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a lo que establezcan las leyes.

Se acordó que la Ciudad de México y sus entes públicos promoverán los procedimientos correspondientes contra la persona servidora pública quien, por acción u omisión, dolo, negligencia o mala fe, resulte responsable, y solicitarán a la autoridad resolutora la determinación e imposición de la reparación del daño.

Se aprobó también un nuevo texto para el segundo párrafo del numeral 1 del artículo 70, sobre responsabilidades administrativas, en el que se define quien puede ser sujeto de este tipo de responsabilidad. Quedó de la siguiente manera:

“Para efectos del presente título y de la determinación e imposición de responsabilidades, se reputarán personas servidoras públicas de la Ciudad de México, los miembros de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, los integrantes de las Alcaldías, los miembros de los organismos autónomos y en general toda persona que desempeñe un empleo, cargo, función, mandato o comisión de cualquier naturaleza ante éstos; así como las personas que ejerzan actos de autoridad, recursos públicos o contraten con entes públicos la ejecución de obra o servicios públicos, de adquisiciones, de subrogación de funciones o reciban concesiones”.

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