MÉXICO DEMANDA FRENO A UN ESTADO DE VIOLENCIA: MAG. ÉLFEGO BAUTISTA PARDO

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     Por BLAS A. BUENDÍA

La extrema violencia e inseguridad y los altos índices de impunidad y corrupción que actualmente se combaten en el país, requieren la aplicación de una política integral de justicia y reparación del daño a las víctimas de la violencia y de las violaciones a los derechos humanos, que sea efectiva y genere resultados a corto, mediano y largo plazo. Así lo exigen no sólo quienes han sufrido afectaciones en su esfera de derechos, sino todos los que habitamos el país.

Los anteriores conceptos político-jurídicos fueron manifestados por el Magistrado civilista Élfego Bautista Pardo, en su análisis Así es el Derecho, donde hacer referencia a la justicia restaurativa.

En su reflexión, señala que toda la legislación existente e innumerables tratados y convenios internacionales signados por México que abordan la problemática y los derechos de las víctimas, son letra muerta si no se aplican, aun si funcionan con dificultades, pues muchas de las veces los estados de la Federación armonizan con retraso y de forma deficiente su marco normativo relacionado con los derechos de las víctimas y han instalado instituciones que carecen de recursos financieros, humanos y técnicos, agudizando así la situación de vulnerabilidad de las víctimas.

Por ello, se requiere trabajo conjunto de Gobierno y sociedad para crear mecanismos tendientes al reconocimiento de las violaciones a los derechos humanos y a la reparación integral del daño, así como al combate a la impunidad, pues sólo así se podría reparar de forma integral el daño causado a las víctimas de violaciones graves de derechos humanos.

Ese trabajo incluye la justicia restaurativa o transicional, también llamada justicia reparadora o compasiva, que es el proceso que se busca para efectuar la transformación radical del orden social y político de un país y que transite de un Estado de violencia a un Estado de paz y democracia, reconstruyendo el tejido social, comprende metodología para solucionar problemas que, de varias maneras, involucran a la víctima, al ofensor, a las redes sociales, las instituciones judiciales y la comunidad.

Los programas de justicia restaurativa se basan en el principio fundamental de que el comportamiento delictivo no solamente viola la ley y hiere a las víctimas, sino también a la comunidad. Dicha justicia es un proceso para resolver el problema de la delincuencia enfocándose a la compensación a las personas dañadas, a hacer a los ofensores responsables de sus acciones. A menudo involucraría a la comunidad en la resolución del conflicto.

La participación de las partes es esencial para ese proceso y éste enfatiza la construcción de relaciones, reconciliaciones y el desarrollo de acuerdos en torno de un resultado deseado por las víctimas y los delincuentes.

La justicia restaurativa es una forma de pensar la justicia cuyo foco de atención son las necesidades de las víctimas y los autores o responsables del delito, y no el castigo a estos últimos.

Se caracteriza por ser respuesta flexible a las circunstancias del delito, el delincuente y la víctima, permite que cada caso sea considerado individualmente; por ser una respuesta al crimen que respeta la dignidad y la igualdad de cada uno de los involucrados en un delito, desarrolla el entendimiento y, mediante la reparación del daño a las víctimas, promueve la armonía entre éstas, los delincuentes y las comunidades.

Además es opción viable en muchos casos frente al Sistema de Justicia Penal formal y sus efectos estigmáticos sobre los delincuentes porque puede usarse en conjunto con los procesos y las sanciones de la justicia penal tradicional, incorpora la solución de los problemas y está dirigida a las causas subyacentes del conflicto, pues busca apoyar a las víctimas, darles voz, motivarlas a expresar sus necesidades, permitirles participar en el proceso de resolución, ofrecerles ayuda y reparar las relaciones dañadas por el crimen

Factor clave de la justicia restaurativa es que la respuesta al comportamiento delictivo se enfoca a algo más que el delincuente y la ofensa. Tres requisitos básicos deben ser satisfechos antes de la mediación víctima-delincuente: éste debe aceptar su responsabilidad por el delito; tanto la víctima como el delincuente deben estar dispuestos a participar, y ambas partes deben considerar si es seguro participar en el proceso.

Es importante tener presente que la justicia restaurativa o transicional busca la paz mediante procedimientos que incluyan entender dónde están las estructuras de violencia en el Estado, pues sólo así se logrará encontrar el equilibrio entre las exigencias de justicia y las exigencias de paz; de esta forma se garantiza a las víctimas que en todo momento será atendido el derecho a la verdad, la justicia, la reparación del daño sufrido y la sanción a los responsables de violaciones a derechos humanos, puntualizó.

El magistrado Élfego Bautista Pardo, es titular de la Quinta Sala Civil, Ponencia 3, del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Reportero Free Lance

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