Plantean establecer en la Constitución el derecho de los pueblos indígenas a la consulta

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La presidenta de la Comisión de Pueblos Indígenas, Irma Juan Carlos, informó que presentó una iniciativa que reforma la Constitución Política, a fin de establecer el derecho de las comunidades originarias a la consulta previa, libre e informada, sobre la toma de decisiones relativas a éstas.
Asimismo, facultar al Congreso de la Unión para expedir la ley general que establezca las bases y principios sobre los cuales la Federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus competencias, realizarán los procesos de consulta a los pueblos y comunidades indígenas.
En conferencia de prensa, la legisladora de morena indicó que esta propuesta obedece a una armonización de la Carta Magna con los diversos compromisos asumidos por el Estado respecto del derecho a la consulta, principalmente con el Convenio 169 Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Irma Juan Carlos subrayó que su iniciativa plantea que el Estado realice las consultas a los pueblos y comunidades indígenas mediante procedimientos apropiados, de buena fe y a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles, con la finalidad de llegar a un acuerdo u obtener su consentimiento libre, previo e informado.
“Las y los diputados de esta legislatura, debemos contribuir en el resurgimiento. En primer lugar, fomentar la resistencia y en segundo lugar, promover la permanencia de los pueblos originarios”, aseveró.
Refirió que en 2001, el Constituyente Permanente reformó la Constitución Política para reconocer y garantizar la libre determinación y autonomía de las comunidades indígenas, y estableció el derecho a la consulta.
Sin embargo, dijo, quedó limitado para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y de los planes de las entidades, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, acotando que, en su caso, se incorporarán las recomendaciones y propuestas que éstas realicen por lo que está iniciativa pretende garantizar su participación en la toma de decisiones.
El documento, en sus artículos transitorios, estipula que el Congreso de la Unión deberá emitir la ley reglamentaria, en un plazo de 120 días, a partir de su entrada en vigor.
De igual manera, que las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México deberán realizar las adecuaciones a sus constituciones y reglamentarán lo establecido, dentro de los 120 días posteriores.