Aguinaldo 2025: quiénes sí y quiénes no tienen derecho a recibirlo antes del 20 de diciembre

0
2

A unos días del cierre del año, el pago del aguinaldo vuelve a colocarse en el centro de la agenda laboral en México, al tratarse de una prestación obligatoria e irrenunciable para millones de trabajadores formales, que debe cubrirse a más tardar el 20 de diciembre, conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT).
“No importa si los trabajadores no han cumplido un año completo de trabajo: en ese caso, reciben la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo laborado. Incluso si renunciaron o cambiaron de empleo antes de diciembre, el derecho se mantiene”, explicó Fernando Rojas, abogado especialista en derecho laboral y socio CEO de ESSAD, firma dedicada al desarrollo empresarial.
El Artículo 87 de la LFT establece que el aguinaldo debe ser equivalente a por lo menos 15 días de salario, y que quienes no hayan completado un año de servicios deben recibir el monto proporcional. La ley también precisa que el pago no puede realizarse en especie, sino únicamente en efectivo o depósito bancario en moneda nacional.
De acuerdo con cifras del INEGI y del IMSS al segundo trimestre de 2025, solo 45% de la población ocupada en el país se encuentra en la formalidad, lo que implica que cerca de 30 millones de personas trabajadoras no reciben aguinaldo ni prestaciones, al desempeñarse en esquemas informales.
Rojas subrayó que ningún patrón puede justificar el incumplimiento del aguinaldo por falta de recursos o de utilidades, ya que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) considera esta prestación como un derecho irrenunciable para quienes mantienen una relación laboral subordinada.
¿Quiénes sí tienen derecho al aguinaldo?
Todos los trabajadores que prestan servicios bajo subordinación conforme a la LFT, entre ellos:
• Personal de base y de confianza
• Trabajadores de planta o eventuales
• Sindicalizados
• Empleados por obra o tiempo determinado
• Comisionistas, agentes de comercio y vendedores
• Empleados del hogar, siempre que exista relación laboral
¿Quiénes no tienen derecho?
Quedan excluidos del pago obligatorio del aguinaldo:
• Profesionistas independientes o por honorarios
• Personal contratado por proyectos sin relación laboral
• Emprendedores o socios de empresas
• Pasantes y becarios sin contrato laboral formal
¿Qué pasa si no se paga el aguinaldo?
El incumplimiento puede derivar en multas de entre 50 y 5,000 veces la UMA, conforme al Artículo 1002 de la LFT. Además, las y los trabajadores cuentan con un año para reclamar legalmente el pago, a partir del día siguiente a la fecha límite establecida por la ley.
Especialistas recomiendan a las empresas planear con anticipación el pago del aguinaldo, no solo para cumplir con la normativa, sino para preservar la estabilidad financiera y enviar una señal de responsabilidad laboral hacia el mercado.