AHORRO VOLUNTARIO, UNA OPORTUNIDAD PARA DEDUCIR IMPUESTOS

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El 31 de mayo es el último día para presentar la declaración anual ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y el ahorro voluntario a la Cuenta Individual de la AFORE ofrece beneficios fiscales
El 31 de mayo es el último día para presentar la declaración anual ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y el ahorro voluntario a la Cuenta Individual de la AFORE ofrece beneficios fiscales

El 31 de mayo es el último día para presentar la declaración anual ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y el ahorro voluntario a la Cuenta Individual de la AFORE ofrece beneficios fiscales, lo que favorece a los trabajadores para construir un mejor futuro al momento de su retiro laboral.

Los trabajadores pueden aprovechar esa oportunidad para ahorrar aún más en el largo plazo, como lo establece el Artículo 151 de la Ley del impuesto Sobre la Renta (LISR), y la cantidad a deducir es de hasta 10 por ciento de los ingresos acumulados cada año.

De acuerdo con la LISR, el monto destinado a las aportaciones voluntarias con perspectiva de inversión a largo plazo y/o las aportaciones de ahorro a largo plazo son catalogadas como deducciones personales.

Una vez realizadas las aportaciones voluntarias, el Cuentahabiente debe solicitar a la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) el comprobante fiscal y después ingresar al portal electrónico del SAT.

Al momento de realizar la declaración anual, es importante entrar al apartado “Deducciones personales” y capturar el monto total destinado al ahorro con el concepto “Aportaciones Voluntarias hechas al SAR”. En caso tener algún saldo a favor, el contribuyente deberá incluir Clabe interbancaria para después recibir el depósito.

Para obtener ese beneficio fiscal, los recursos adicionales a la cuenta de ahorro deben permanecer hasta cumplir los 65 años edad y la única excepción es en casos de invalidez o incapacidad del titular para trabajar.

El SAT extendió el plazo para presentar la Declaración Anual hasta el 31 de mayo de 2021, de acuerdo con la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A, Quinta Versión Ampliada.

Para mayor información y orientación, AFORE PENSIONISSSTE pone a disposición los correos electrónicos ([email protected] [email protected]) y los números del Centro de Atención Telefónica (55 5062 0555 desde la Ciudad de México y 800 400 1000 u 800 400 2000 en el Interior de la República).