El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 277 votos a favor, 121 en contra y cero abstenciones, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, el cual establece medidas para otorgar seguridad y certeza jurídica a los contribuyentes en sus pagos.
En el documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, se realizan adecuaciones a los cobros por la prestación de los servicios que proporcionan las dependencias de la Administración Pública Federal en materias migratoria; publicaciones; radio, televisión y cinematografía; aduanera; energética; servicios a la navegación en el espacio aéreo mexicano; servicios marítimos; telecomunicaciones; acuacultura y agua.
En materia migratoria, se ajusta la cuota a los servicios migratorios en aeropuertos a pasajeros de vuelos internacionales que abandonen el territorio nacional, que marca el Instituto Nacional de Migración.
Precisa que los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho referente a la condición de estancia de visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen a México con fines turísticos, se destinarán, en un 20 por ciento, al Instituto Nacional de Migración con el objetivo de eficientar los servicios que proporciona. El restante será para estudios, proyectos e inversión en infraestructura que determine el Gobierno federal con objeto de conectar, fortalecer, generar accesibilidad, iniciar o mejorar los destinos turísticos del país.
La presidenta de la Comisión Hacienda y Crédito Público, diputada Patricia Terrazas Baca (PAN) resaltó que en este dictamen se homologa el concepto de tonelada bruta por unidad, con el de arqueo bruto y se establece que el 85 por ciento de derechos de minería se destine a la educación pública.
En lo particular se emitieron 248 votos a favor, 145 en contra y una abstención.
Se reservaron para su discusión en lo particular los artículos: 8,12, 18-A, 20, 223, 224, 225, 271 y 275 relativos a la Ley Federal de Derechos.
Fue aceptada la propuesta de modificación de la diputada María Teresa Rebeca Rosa Mora Ríos (Morena), quien planteó reformar los artículos 8, 12 y 18-A de este ordenamiento.
Sobre el artículo 8 plantea que, por recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia se pagarán 855 pesos en caso de ser visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas.
La reforma al artículo 12 estipula que por la prestación de los servicios migratorios en aeropuertos a pasajeros de vuelos internacionales que abandonen el territorio nacional, se cobrará la cuota de 380 pesos. Actualmente por esta asistencia se paga 149.02 pesos.
En tanto, el artículo 18-A prevé que los ingresos por la recaudación del derecho a los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas, se distribuirá un 18 por ciento de su total al Instituto Nacional de Migración, el cual será ejercido para la mejora de sus servicios, y un dos por ciento se otorgará a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, a fin de fortalecer la capacidad institucional del organismo.