Comisión de Igualdad de Género aprueba dictámenes para combatir la violencia en los centros educativos

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-La SEP implementará protocolos de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género en todos los niveles educativos.

– La SEDATU fomentará que las mujeres víctimas de violencia puedan acceder a programas y crédito para comprar una vivienda.

La Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados que preside la diputada federal de Morena, Julieta Vences Valencia aprobó dos dictámenes en sentido positivo para reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Vences Valencia detalló que el objetivo del primer proyecto legislativo que reforma el Artículo 45 de la citada Ley, es con la finalidad de dotarle de facultades a la Secretaría de Educación Pública, para que elabore e implemente protocolos de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género en todos los niveles educativos.

“Es diseñar, con una visión transversal, la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación de todas formas de violencia contra las mujeres; para ello en el marco de su competencia elaborará e implementará los protocolos necesarios para el cumplimiento de la presente legislación. También, celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia”, señaló.

Durante la Vigésima Séptima Reunión de la Comisión de Igualdad de Género, la legisladora poblana destacó que la iniciativa es de la mayor importancia para las niñas y jóvenes estudiantes de todos los niveles educativos, ya que, de acuerdo a datos de la OCDE, México es el país con uno de los ambientes escolares más violentos a nivel secundaria. “Es fundamental aprobar este tipo de mecanismos para abatir la deserción escolar y garantizar espacios libres de violencia para el sano esparcimiento y aprendizaje dentro y fuera de las aulas”, expresó.

El segundo dictamen aprobado por la Comisión de Igualdad de Género reforma los artículos 34 Quáter y 46 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece que, como parte de las órdenes de protección dictadas por la autoridad, no solo se exija al agresor la desocupación del domicilio que cohabita con la víctima, sino que sean garantizadas las obligaciones contractuales respecto a la propiedad, además de imposibilitar la venta o renta de sus bienes.

“Con esta clase de medidas se busca regresar cierta tranquilidad a las víctimas para que tengan la certeza que bajo ningún medio jurídico se les buscará despojar de sus bienes”, indicó. También la enmienda, decreta que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), fomentará que las mujeres víctimas de violencia puedan acceder a programas y crédito para comprar una vivienda.