El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció, por unanimidad, que la Constitución Política de la Ciudad de México sí puede ampliar derechos humanos y reconocer nuevos.
Ello porque al establecer o ampliar derechos humanos, por ese solo hecho, las entidades federativas no alteran la regularidad constitucional.
Además muchas garantías individuales no se instauran en la Constitución federal y en los tratados humanos como reglas, sino como principios que necesariamente tienen que ser desarrollados por el legislador secundario en términos de lo previsto por el artículo primero de la carta magna.
Se trata de una responsabilidad compartida entre Federación y entidades federativas que tiene como principio la universalidad, lo que implica que todas las personas tengan acceso a los derechos humanos, pero no así uniformidad que significaría el que todas las normas fueran iguales.
Aunado a lo anterior, el hecho de que la Ciudad de México sea autónoma y no soberana como los estados no es una limitación para el ejercicio de sus facultades legislativas en la materia.
Los límites a dicha facultad se encontrarán en respetar las de la Federación, no contravenir derechos humanos previstos en la Constitución Federal y tratados internacionales, y no alterar las funciones de la capital como sede de los Poderes de la Unión.
Por otra parte, en la sesión de este martes el Pleno del alto tribunal inició la discusión sobre si el Constituyente local tiene o no facultades para autorizar el uso medicinal de la cannabis sativa, índica, americana o marihuana y sus derivados.
El proyecto propone determinar que la Constitución de la Ciudad de México sí puede permitir el uso médico de la marihuana en la capital, al no invadir la competencia federal. Ello porque se dijo expresamente que dicho uso será conforme a la legislación federal cuando ésta así lo disponga.
A consecuencia de eso propone validar el artículo noveno, apartado D, numeral 7, de la Constitución local. La votación de este punto tendrá lugar en la sesión del jueves 23.
De esa forma, la SCJN continuó el análisis de las acciones de inconstitucionalidad 15/2017 y sus acumuladas 16/2017, 18/2017 y 19/2017, promovidas respectivamente por los partidos políticos Morena y Nueva Alianza.
Asimismo por la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que demandaron la invalidez de diversas disposiciones de la Constitución local, publicada en la Gaceta Oficial de la entidad el 5 de febrero de 2017.