“En los últimos 15 años ha habido una gran avalancha de reformas a la Constitución”, afirmó Francisco Burgoa Perea, profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, al señalar que mientras entre 1917 y 2010 se contabilizaron 503 modificaciones constitucionales, de 2011 a la fecha se han registrado otras 370.
La magnitud de los cambios ha provocado que 119 de los 136 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hayan sido modificados, mientras únicamente 17 conservan su texto original, expuso el especialista durante la conferencia “15 años de reformas constitucionales: derechos humanos y poder judicial. Panorama histórico y actual”, organizada a distancia por el Museo de las Constituciones.
De acuerdo con los datos presentados por Burgoa Perea, esto significa que 87.5 por ciento de los artículos constitucionales han experimentado alguna modificación y sólo 12.5 por ciento permanece sin cambios desde la promulgación de la Carta Magna en 1917.
El constitucionalista consideró particularmente significativo que 370 reformas se hayan concentrado en apenas tres lustros, frente a las 503 contabilizadas durante los 93 años comprendidos entre 1917 y 2010.
Reforma judicial mantiene abierto el debate
Entre los cambios constitucionales recientes, Burgoa Perea colocó en el centro del análisis la reforma al Poder Judicial, particularmente por la introducción de la elección mediante voto popular de jueces, magistrados y ministros.
Para el académico, todavía debe analizarse si este modelo representa por sí mismo una mejora en la impartición de justicia y, especialmente, si garantiza un mayor acceso de la población a ella.
“Mi opinión es que no”, expresó al abordar la posibilidad de que la elección popular produzca automáticamente una mejor justicia.
Argumentó que la responsabilidad de quienes imparten justicia debe estar vinculada a la Constitución, los derechos fundamentales y las leyes, y no a compromisos derivados de la popularidad o de intereses políticos.
“Un juez no puede deberse ni a favores políticos ni a popularidad; tiene su compromiso con la Constitución, las garantías fundamentales y las leyes”, señaló.
Las reformas de 2011 cambiaron el paradigma de los derechos humanos
Burgoa Perea recordó que junio de 2011 marcó uno de los momentos de mayor trascendencia en la evolución constitucional reciente, con las reformas en materia de amparo, publicada el 6 de junio, y de derechos humanos, el 10 de junio.
El especialista explicó que los cambios fueron más allá de una modificación de conceptos, pues incorporaron principios que transformaron la manera de interpretar y proteger los derechos fundamentales en México.
Entre ellos mencionó el principio pro persona, el control de convencionalidad y el bloque de constitucionalidad.
A partir de esas modificaciones, explicó, el juicio de amparo protege no solamente los derechos reconocidos directamente por la Constitución mexicana, sino también aquellos contenidos en tratados, convenciones y otros instrumentos internacionales de los que México forma parte.
Estas reformas constituyeron “un antes y un después” y representaron un cambio de paradigma para el sistema jurídico mexicano, consideró.
Más derechos no garantizan por sí mismos su cumplimiento
El académico de la UNAM también puso sobre la mesa otro problema: incorporar más derechos a la Constitución no garantiza automáticamente que puedan ejercerse.
En los últimos años se han reconocido constitucionalmente diversos derechos sociales, entre ellos apoyos económicos para personas adultas mayores, personas con discapacidad y jóvenes.
Sin embargo, Burgoa advirtió que un catálogo cada vez más amplio resulta insuficiente si no existen instrumentos eficaces para exigir su cumplimiento.
“Podemos tener un catálogo amplio de derechos humanos en la Carta Magna, pero sin un mecanismo o instrumento eficaz para garantizarlos, entonces se vuelven letra muerta”, planteó.
Por ello, consideró indispensable analizar conjuntamente los derechos establecidos tanto en la Constitución como en los instrumentos internacionales y las herramientas disponibles para protegerlos.
Advierte dificultades para acceder al juicio de amparo
En ese contexto, Burgoa Perea señaló la necesidad de revisar también el juicio de amparo, uno de los principales mecanismos jurídicos para la protección de derechos en México.
A juicio del especialista, las modificaciones recientes han incrementado su complejidad técnica, lo que puede dificultar que cualquier ciudadano tenga acceso directo a este instrumento y, al mismo tiempo, encarecer los servicios profesionales necesarios para promoverlo.
Por ello planteó la necesidad de analizar posibles cambios que permitan hacerlo más accesible sin debilitar su función constitucional.
Burgoa recordó además la relevancia histórica del amparo mexicano y su relación con el desarrollo internacional de mecanismos de protección de derechos humanos.
A más de un siglo de la promulgación de la Constitución de 1917, las cifras presentadas por el académico muestran una Carta Magna profundamente transformada: casi nueve de cada 10 de sus artículos han sido modificados y 370 reformas se concentran tan sólo en los últimos 15 años.
El debate, sostuvo, no debe limitarse al número de modificaciones, sino a determinar si cada reforma fortalece efectivamente los derechos, el acceso a la justicia y el funcionamiento de las instituciones que la Constitución pretende garantizar.


