martes 16 abril 2024
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Corte niega amparo a ex líder de la CNTE

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó amparar a Rubén Núñez Ginez, ex secretario general del SNTE y ex líder de la sección 22 de la CNTE, quien enfrenta un proceso penal por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Por unanimidad, la Sala declaró constitucional el artículo 400 bis, fracción I, del Código Penal Federal, el cual Núñez impugnó.

Núñez Ginez argumentó que el segundo párrafo, de dicho numeral, bajo el argumento de la expresión semántica “algún delito”, violaba el principio de tipicidad, por ser vaga, imprecisa, abierta o amplia, al no especificar a qué delito se refería.

El maestro alegó que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita tuvo su origen para combatir el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, la delincuencia organizada, la trata de personas, el tráfico ilícito de migrantes, fabricación y tráfico ilícito de armas, así como el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo.

Jorge Mario Pardo Rebolledo, ministro ponente, señaló en su proyecto de sentencia que los argumentos del quejoso resultaban infundados, porque el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, ya no sólo buscan tutelar bienes jurídicos que podrían verse afectados por los delitos antes mencionados.

“Hoy en día, su espectro de tutela es más amplio, pues atiende igualmente a delitos vinculados con la seguridad de la nación, la estabilidad y sano desarrollo de la economía nacional, la preservación de los derechos humanos y la seguridad pública. Amplitud de objetos jurídicos tutelados, que incluso llevó a su ubicación sistemática junto a la figura del encubrimiento.

Congruente con lo anterior, el legislador, en ejercicio de la libre configuración legislativa que le corresponde, optó, no por un sistema de numerus clausus, como lo pretende el quejoso y recurrente; sino por un sistema abierto, que admite como delito previo, cualquier clase de delito”, detalla el proyecto.

Hugo Serafín Paz, abogado de Rubén Núñez, dijo que ahora corresponderá al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, pronunciarse sobre el tema de la legalidad, es decir, si sigue el criterio que la Primera Sala emitió en diciembre pasado y que derivó en la libertad absoluta de Aciel Sibaja Mendoza, tesorero de la sección 22.

La Procuraduría General de la República acusó a Núñez y a otros dirigentes de lavar 132 millones de pesos entre 2013 y 2015, cuando controló el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca.

Según la PGR, Núñez firmó convenios “ilícitos” con tres empresas y una persona física que le entregaban comisiones del 3.5 por ciento quincenalmente, por medio de transferencias bancarias a siete cuentas que tiene la CNTE.

Los recursos que se presume Núñez Ginez dispuso ascienden a más de 24 millones de pesos, dinero que utilizó para fines personales y financiar también las movilizaciones de su gremio.

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