Durante la sesión de la Comisión de Carta de Derechos llevada a cabo el día de hoy para dictaminar los apartados que no llegaron a una mayoría calificada en el Pleno, se volvió a aprobar el numeral 3 del apartado A del artículo 14, referido al derecho al ingreso básico universal. Sin embargo, los diputados constituyentes reconocieron que esa redacción no podrá alcanzar la mayoría calificada en sesión plenaria, por lo que buscarán un nuevo texto que en todo caso será presentado como reserva.
El numeral 2 se aprobó al incluir propuestas de diversos grupos parlamentarios. El texto quedó así:
“2.- Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para que progresivamente se erradiquen las desigualdades estructurales y la pobreza, y se promueva el desarrollo sustentable que permita alcanzar una justa distribución de la riqueza y del ingreso entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos territoriales”
En el numeral 4 del apartado A, relativo al acceso a programas y servicios sociales, se determinó incluir el términotransparencia a la propuesta ya presentada en el dictamen, para quedar como sigue:
“4.- Las autoridades garantizarán progresivamente la vigencia de los derechos, hasta el máximo de los recursos públicos disponibles. Se asegurará la no discriminación, la igualdad sustantiva y la transparencia en el acceso a los programas y servicios sociales de carácter público, su acceso y permanencia se establecerá en las leyes y normas respectivas”.
Posteriormente, se llevó a cabo la discusión del Apartado C, numerales 1 y 2 relativos al derecho a la alimentación y a la nutrición, en el cual el tema de la Central de Abasto provocó las discrepancias. La diputada del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) Cecilia Romero había propuesto que desapareciera de la mención de la central en este articulado.
El apartado C del artículo 14 referido al derecho a la alimentación y a la nutrición, quedó con la siguiente redacción:
“1.- Toda persona tiene derecho a una alimentación adecuada, nutritiva, diaria, suficiente y de calidad con alimentos inocuos, saludables, accesibles, asequibles y culturalmente aceptables que le permiten gozar del más alto nivel de desarrollo humano posible y la protejan contra el hambre, la malnutrición y la desnutrición”.
“2.- Las autoridades, de manera progresiva, fomentarán la disponibilidad, distribución, abastecimiento equitativo y oportuno de alimentos nutritivos y de calidad; promoverán la seguridad y sustentabilidad alimentarias; y garantizarán el acceso a este derecho dando prioridad a las personas en pobreza y a las demás que determine la ley”.
Por su parte, la diputada Lol Kin Castañeda, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), señaló que la propuesta presentada por la mesa directiva de la comisión no refleja la importancia que tiene la Central de Abasto, por lo cual solicitó que se aclarara cuál será el sitio para el tema, pues no tiene justificación que se elimine.
El diputado Porfirio Muñoz Ledo, presidente de la Mesa de armonización señaló que durante una consulta con la Mesa directiva de la Comisión de Desarrollo sostenible y planeación democrática, se determinó que el tema de abastecimiento alimentario puede ir enmarcado en el artículo 22 sobre Bienestar social y economía distributiva. Por este motivo, se llegó al consenso de que, como comisión, se presentará una reserva para incluirlo en ese artículo.
A la Cimiisón de Carta de Derechos le falta por volver a dictaminar el numeral 6 del apartado D y el numeral 3 apartado F del artículo 14.