Palacio Legislativo de San Lázaro a 23 de Julio 2025.- El Legislador Federal del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT), Emilio Manzanilla Téllez, propone punto de acuerdo por el que se exhorta a las autoridades de la Ciudad de México y del Estado de México a regular el uso de bicicletas eléctricas en la vía pública, ante los riesgos que representa su circulación sin control normativo.
El Legislador explicó que las bicicletas eléctricas son vehículos híbridos que combinan el pedaleo tradicional con la asistencia de un motor eléctrico, su diseño, en apariencia similar al de una bicicleta convencional, esconde un abanico de variaciones que incluyen modelos con capacidades que alcanzan velocidades de hasta 45 kilómetros por hora, con motores cuya potencia se asemeja más a una motocicleta ligera que a un vehículo de tracción humana.
Además, esto ha generado un reto para los gobiernos locales, pues muchos de estos modelos circulan sin placas, sin obligación de portar casco, sin registro y sin restricciones claras, lo que deja a estos vehículos en una suerte de “zona gris normativa”.
El Petista dijo que aunque no existe un padrón nacional que permita cuantificar con precisión cuántas bicicletas eléctricas circulan actualmente en el Valle de México, estimaciones realizadas por especialistas en movilidad y seguridad vial indican que su número podría superar las decenas de miles.
El Congresista destacó que de acuerdo con datos difundidos por medios de comunicación como La Crónica, Excélsior y N+, en el año 2024 el número de motocicletas (incluyendo eléctricas) ascendía a más de 750,000 unidades en la Ciudad de México, y se reportaba que casi la mitad de los accidentes viales involucraban este tipo de vehículos.
En tanto, aseguró que se han documentado múltiples casos en los que estos vehículos provocan accidentes, tanto con automovilistas como con peatones y ciclistas tradicionales. Su uso por parte de jóvenes sin capacitación o adultos sin equipo de protección agrava aún más el riesgo, las autoridades de tránsito, al no contar con una normativa específica ni con un sistema de registro, se ven imposibilitadas para ejercer controles efectivos, ni sancionar comportamientos que, en la práctica, resultan peligrosos e incluso mortales.
Sin embargo, es necesario establecer, por ejemplo, si los modelos que superan los 25 km/hdeben considerarse motocicletas ligeras y por tanto estar sujetas a losmismos requisitos (placas, casco, seguro, verificación técnica), o si debendefinirse nuevas categorías normativas intermedias.
Asimismo, urge prohibir su circulación en carriles centrales de vialidades primarias, como Periférico, Viaducto, Circuito Interior o Eje Central, cuando existan carriles confinados o ciclovías, y establecer sanciones proporcionales.
Emilio del Edomex, reconoce que se deben implementar campañas de cultura vial dirigidas específicamente a usuarios de bicicletas eléctricas, con énfasis en el respeto a los peatones, el uso de equipo de protección, y la responsabilidad compartida en la convivencia urbana.
En este sentido, el presente exhorto no pretende criminalizar el uso de un medio de transporte eficiente y moderno, sino empujar a las autoridades competentes a ejercer su responsabilidad de legislar y normar en favor del interés público.
Por ello, el Parlamentario Manzanilla Téllez propone:
PRIMERO. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, al Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, a la Gobernadora del Estado de México y al titular de la Secretaría de Movilidad del Gobierno del Estado de México, para que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y de forma coordinada, evalúen e informen públicamente sobre el estado actual de circulación de las bicicletas eléctricas en sus entidades, incluyendo su clasificación técnica, volumen estimado, zonas de tránsito frecuente, y su relación con incidentes viales y problemáticas de convivencia en la vía pública.
Dicho diagnóstico debe contemplar también el impacto que tiene el uso de estas unidades en las vialidades primarias, el incumplimiento en el uso de ciclovías, y los vacíos normativos que impiden a las autoridades ejercer controles efectivos.
SEGUNDO. Se exhorta respetuosamente a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, al Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, a la Gobernadora del Estado de México y al titular de la Secretaría de Movilidad del Gobierno del Estado de México, a que, una vez realizado el diagnóstico correspondiente, instruyan y establezcan un marco normativo específico que regule el uso de las bicicletas eléctricas, considerando los siguientes elementos mínimos:
1. Clasificación técnica de los vehículos en función de su potencia, velocidad máxima, y características estructurales, diferenciando aquellos que, por su capacidad, deban equipararse legalmente a motocicletas ligeras.
2. Obligación del uso de casco, chaleco reflejante y demás equipo de protección por parte de sus conductores.
3. Restricciones para circular en vialidades primarias cuando existan carriles especiales o ciclovías disponibles.
4. Establecimiento de un registro o padrón vehicular para bicicletas eléctricas con determinadas especificaciones.
5. Aplicación de sanciones proporcionales y verificables ante la circulación indebida en espacios no autorizados o peligrosos.
6. Diseño e implementación de campañas de concientización y educación vial, especialmente orientadas a usuarios de bicicletas eléctricas y a fomentar la convivencia segura con peatones, ciclistas y automovilistas.
TERCERO. – Exhorta respetuosamente a las Secretarías de Movilidad de ambas entidades que, en el marco de sus atribuciones y en coordinación con instancias de seguridad vial y transporte público, establezcan un calendario de trabajo conjunto, abierto a consulta pública, para el diseño y socialización de dicha regulación, garantizando la participación de especialistas en movilidad, seguridad vial, desarrollo urbano, así como de colectivos ciclistas y ciudadanos usuarios de vehículos eléctricos ligeros.