La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) hace un llamado a la ciudadanía a cumplir con la NOM 171 de observación y nado con Tiburón Ballena.
Actualmente en nuestro país la observación y nado con Tiburón Ballena sólo puede realizarse a través de autorizaciones otorgadas por la Semarnat para el aprovechamiento no extractivo; de no regularse, esta actividad puede ocasionar daños a las áreas de distribución del tiburón ballena y su hábitat.
Cualquier prestador de servicios, o particular que pretenda realizar dicha actividad en la actualidad, estaría incurriendo en una infracción prevista en la fracción II del artículo 122 de la Ley General de Vida Silvestre.
Las personas que practiquen la observación y nado con Tiburón Ballena podrían ser sujetos a un procedimiento administrativo y con imposición de una multa por el equivalente de 50 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (86.88 pesos por unidad); las multas pueden ascender hasta $4,344,000.00, tanto para el prestador del servicio como para el usuario, persona física que realice la actividad de observación y nado con Tiburón Ballena mediante la contratación de un prestador de servicios.
Además, pueden ser sujetos a una denuncia penal por el delito de daño a ejemplares de flora y fauna silvestres considerados endémicos, amenazados, en peligro de extinción, sujetos a protección especial o regulados por algún tratado internacional del que México sea parte.
Cabe recordar que el Tiburón Ballena (Rhincodon typus) -el pez más grande que se conoce-, está enlistado en nuestro país en la categoría de especie Amenazada (A) en la NOM-059-SEMARNAT-2010, y catalogado como vulnerable a la extinción por la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), además de estar en el Apéndice II de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
Este mamífero se observa principalmente en los Estados de Quintana Roo (Zona de Concentración del Tiburón Ballena, en el Caribe Mexicano, Litoral del Estado de Quintana Roo), Baja California (Bahía de Los Ángeles, Canales de Ballenas y de Salsipuedes), Baja California Sur (Bahía de La Paz) y Nayarit (San Blas, Platanitos, y Boca de Chila).