POR EL CASO ABRIL SEGUIRÁN SUSPENDIDOS JUZGADORES DEL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO

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Por BLAS A. BUENDÍA
Reportero Free Lance

El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (CJCDMX) determinó retirar del ejercicio de Jueces de Trámite y suspender temporalmente a los servidores públicos Federico Mosco González y Luis Alejandro Díaz Antonio para efectos de no transgredir la imparcialidad con la que se deben conducir mientras tenga vigencia la indagatoria administrativa en su contra y no entorpecer el libre desarrollo de las investigaciones que se realizan.
Esta decisión tomada por el CJCDMX, presidido por el magistrado Rafael Guerra Álvarez, tiene como objetivo no afectar la correcta administración de justicia durante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS CoV2 (Covid 19).
Si bien el órgano de disciplina del Poder Judicial de la Ciudad de México no ha resuelto si existe algún tipo de responsabilidad administrativa de alguno de estos juzgadores en el denominado Caso Abril, sus integrantes dispusieron de nueva cuenta la suspensión, pues al ser figuras públicas, son sujetos al escrutinio de la sociedad por lo que es necesario mantener una buena reputación.
Es importante mencionar que el expediente administrativo se encuentra sub-judice y que la disposición fue tomada sin prejuzgar la determinación final que se tome. Será a partir de la reanudación total de actividades en el PJCDMX, cuando el Consejo de la Judicatura local continúe la investigación contra los servidores públicos.
Cabe destacar que la reincorporación como Jueces de Trámite en Unidades de Gestión Judicial distintas a las que se desempeñaron previamente, obedeció, única y exclusivamente, a la necesidad de contar con el mayor número de juzgadores en materia penal con motivo del Plan de Contingencia adoptado por el PJCDMX, pues dicha materia quedó exenta de la suspensión de labores decretada por la pandemia de Covid 19 que se enfrenta a nivel internacional.
Ante ello, el CJCDMX incorporó a nuevos jueces a las Unidades de Gestión Judicial 4 y 5 para atender las actividades inherentes a las mismas y de esa forma garantizar la adecuada impartición de justicia durante la crisis sanitaria.

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