El informe presentado por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 30 de marzo, para dar a conocer datos de los “primeros 100 días del tercer año de gobierno”, fue considerado como propaganda personalizada, por Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal resolvió que tanto el evento como su difusión violaron artículos constitucionales, “al tener el objetivo de persuadir a la sociedad de que el estilo de su gestión gubernamental resultaba loable, en una fecha en que ya había iniciado el proceso electoral en todo el país y se desarrollaban campañas en seis estados”.
Con esta decisión, la Sala Superior, revocó la determinación de la Sala Regional Especializada, la cual deberá emitir una nueva sentencia, donde establezca medidas y sanciones.
Esto, luego de que el PRD impugnó la realización del informe del presidente, desde el 26 de marzo.
Pese a que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró improcedentes las medidas cautelares, y a que la Sala Regional Especializada determinó la “inexistencia de infracciones”, el partido promovió un recurso de revisión del procedimiento en el asunto: SUP-REP-193/2021.
Al anunciar la realización del informe en marzo, el presidente dijo en su conferencia matutina que como ya es costumbre ofrecerá 3 o 4 informes durante 2021.
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