CDMX hace historia: custodias y manutención de mascotas serán obligatorias en divorcios

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Con 57 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Congreso capitalino aprobó que en los procesos de divorcio y separación los jueces deberán garantizar la custodia, manutención, cuidados y derechos de los animales de compañía, convirtiendo a la capital en la primera entidad del país en reconocer este derecho dentro del Código Civil.
La iniciativa fue presentada en enero por la vicecoordinadora de Movimiento Ciudadano, Luisa Ledesma Alpízar, y llevada a tribuna por el legislador Royfid Torres González, integrante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la III Legislatura.
Durante la sesión, Torres señaló que la familia ya no se define únicamente por lazos sanguíneos:
“Hoy sabemos que las familias no son una estructura rígida, sino un espacio de amor, cuidado y compañía. Lo que une no es solamente un tema biológico, sino el afecto”, expresó en tribuna.
La reforma adiciona la fracción VII al artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal, dentro del capítulo X sobre divorcio, estableciendo que los jueces deberán considerar la custodia y plan de cuidados de los animales de compañía al momento de dictar sentencias.
Por su parte, Ledesma Alpízar afirmó que esta medida representa un avance histórico en la protección de los seres sintientes:
“Los dueños o cuidadores desarrollan lazos emocionales profundos con sus animales, comparables a los de padres con hijos. Cuando ocurre una separación es esencial pensar en sus derechos, en la manutención y en su cuidado veterinario”, indicó.
La diputada añadió que las nuevas generaciones que deciden no tener descendencia suelen integrar a los animales como parte esencial de su familia, por lo que esta reforma abre la puerta a la custodia compartida, visitas y manutención obligatoria de mascotas en los procesos legales.
Con esta aprobación, la Ciudad de México se convierte en pionera al garantizar en la ley el bienestar animal dentro de la estructura familiar.