La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad del decreto que creó el Área de Protección de Recursos Naturales Lago de Texcoco y determinó que esta declaratoria no constituye una expropiación, por lo que no procede el pago de indemnizaciones a las personas que promovieron un amparo contra esta medida.
La resolución corresponde al amparo en revisión 530/2025, promovido por diversas personas, principalmente propietarias y ejidatarias, quienes impugnaron el decreto mediante el cual se estableció el Área Natural Protegida (ANP) Lago de Texcoco.
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) informó que el máximo tribunal del país mantuvo vigentes las disposiciones relacionadas con la protección ambiental de la zona, incluyendo las medidas de conservación, la zonificación del territorio, la prohibición para establecer nuevos centros de población y demás acciones orientadas a preservar el ecosistema.
De acuerdo con la dependencia federal, la SCJN también reconoció que las autoridades responsables, entre ellas la propia Conanp, deberán implementar mecanismos de apoyo dirigidos a las comunidades que habitan dentro del Área Natural Protegida.
La comisión precisó que dichos apoyos corresponden a esquemas de retribución por conservación, los cuales tienen como finalidad reconocer a quienes contribuyen a la protección del ecosistema mediante las restricciones existentes para el cambio de uso del suelo y el desarrollo urbano.
La Conanp subrayó que este mecanismo no debe confundirse con una indemnización, ya que se trata de instrumentos legales destinados a compensar las labores de conservación realizadas por personas propietarias, ejidatarias y comunidades asentadas dentro del polígono protegido.
Según la dependencia, este modelo resulta compatible con la Ley Agraria y con el Plan de Desarrollo Municipal de Atenco, al promover la protección del patrimonio ambiental y, al mismo tiempo, reconocer la participación de las comunidades en la conservación del territorio.
La comisión indicó que dará cumplimiento a la resolución emitida por la Suprema Corte una vez que reciba la notificación oficial de la sentencia.
Posteriormente, añadió, emitirá el pronunciamiento correspondiente dirigido tanto a las personas promoventes del amparo como al propio máximo tribunal, conforme a los procedimientos jurídicos establecidos.
La Conanp señaló que el cumplimiento de la resolución se realizará dentro del marco legal y con respeto a los derechos de las personas, pueblos y comunidades que habitan alrededor del Área Natural Protegida.
Asimismo, consideró que la determinación de la SCJN representa una oportunidad para fortalecer un modelo de gestión ambiental compartida, en el que la conservación del ecosistema y el reconocimiento de los derechos de las comunidades sean objetivos complementarios.
Finalmente, la dependencia reiteró su compromiso con la preservación del Lago de Texcoco, al considerar que se trata de una zona estratégica para la biodiversidad, la recarga de acuíferos, la regulación climática e hidrológica y el bienestar ambiental de millones de habitantes de la Zona Metropolitana del Valle de México.


