Por Juan r. Hernández
La presidenta de la Sección Instructora, Martha Patricia Ramírez Lucero (Morena), informó que este órgano legislativo determinó que es procedente el juicio de desafuero del diputado con licencia Cipriano Charrez Pedraza (Morena).
En conferencia de prensa, luego de una reunión de la Sección Instructora, la legisladora indicó que se “ha determinado que si ha lugar al juicio de procedencia en contra del diputado Charrez Pedraza”.
Indicó que el dictamen que avaló esta instancia legislativa “resuelve separar de su encargo, como diputado federal (a Cipriano Charrez), quedando sujeto a la jurisdicción de los tribunales competentes, y como lo señala el artículo 18 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, túrnese a las y a los secretarios de la Cámara de Diputados para que den cuenta al Presidente de la misma. Se ordena la notificación personal y por correo de los involucrados en el caso”.
El 19 de octubre de 2018, la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo presentó una solicitud de desafuero en contra de Charrez Pedraza, luego de que se vio involucrado en un accidente automovilístico en Ixmiquilpan, que dejó una persona muerta, el 6 de ese mismo mes.
Ramírez Lucero aseguró que la resolución que da la Sección Instructora, así como la que eventualmente emitirá el Pleno, “no son atacables”.
Cuestionada sobre la posición de Morena frente a esta determinación, comentó que competerá a los grupos parlamentarios fijar su posición al recepto; la Sección Instructora solo indica la procedencia del desafuero.
Añadió que será el Pleno de la Cámara de Diputados quien determinará si se le quita la inmunidad constitucional.
Por su parte, el diputado Alejandro Carvajal Hidalgo (Morena), integrante de esta instancia, recodó que “el juicio de procedencia inició a petición del procurador de Hidalgo”.
“Se siguen los trámites de ley, se recepcionan las pruebas del diputado Charrez, se da un periodo de alegatos, se cierra la instrucción y esta comisión emite un dictamen, el cual de acuerdo a las constancias de autos es positivo, es decir, sí ha lugar al juicio de procedencia y por lo tanto se le quita la inmunidad constitucional de la cual gozaba el diputado”.
El legislador puntualizó que no se juzga “penalmente o no, eso hay que mencionarlo claramente. Simplemente dictameninamos de acuerdo a las constancias de autos si hay indicios para que pueda ser, en su caso, procesado por la justicia como ya sin fuero constitucional”.
“Eso no quiere decir que sea culpable, quiere decir que se pone a disposición de las autoridades del fuero común, para que consideren si hay responsabilidad o no, y que él se defienda de manera libre y con sus garantías constitucionales ya dentro de la justicia local en el estado de Hidalgo”.
Abundó que el procedimiento indica que debe notificarse a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, y ésta determinará el momento en que se turne al Pleno cameral para que sea votado por todos los diputados.
Asimismo, el diputado Raúl Gracia Guzmán (PAN), también integrante de la Sección Instructora, aseveró que “queda claro que el hecho delictivo existe, es fundamental sobre todo el tema de la omisión”.
“Son tres delitos por los que se solicita esto, es el homicidio culposo, el daño en propiedad ajena y omisión de ayuda, que, en este caso, es lo más grave; el homicidio culposo a cualquiera lo puede suceder y es sin intención, pero la omisión genera un agravante fuerte”, subrayó.