Senado aprueba multas de hasta 2.3 millones de pesos por acoso telefónico comercial

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Las empresas que realicen llamadas telefónicas reiteradas y persistentes con fines comerciales o publicitarios, sin autorización de los consumidores, podrían enfrentar multas de hasta 2 millones 345 mil 728 pesos, de acuerdo con una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor aprobada por unanimidad en el Senado de la República.

El dictamen obtuvo 96 votos a favor y fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar su trámite legislativo, por lo que las nuevas sanciones todavía no son aplicables.

La propuesta busca frenar una práctica que afecta a millones de usuarios: las llamadas insistentes para ofrecer productos, servicios, promociones o contratar paquetes comerciales, incluso cuando las personas no han autorizado ese tipo de contacto.

Multas desde 56 mil hasta más de 2.3 millones de pesos

La reforma plantea modificar el artículo 18 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor para prohibir que proveedores y empresas contacten de manera reiterada y persistente a las personas consumidoras mediante llamadas telefónicas o cualquier otro medio que no hayan autorizado, cuando la finalidad sea comercial o publicitaria.

También propone reformar el artículo 127 para establecer sanciones económicas que van de 56 mil 570 a 2 millones 345 mil 728 pesos para quienes incumplan la prohibición.

El objetivo es que las empresas enfrenten consecuencias económicas por prácticas de contacto insistente que vulneren la privacidad de los usuarios.

Buscan frenar llamadas, mensajes y correos no autorizados

La modificación no se limita a las llamadas telefónicas.

El texto aprobado contempla también otros medios de contacto utilizados con fines mercadotécnicos o publicitarios cuando no cuentan con autorización de los consumidores y se emplean de manera reiterada y persistente.

La senadora Mayuli Latifa Martínez Simón, del PAN, señaló que la reforma pretende atender el crecimiento de las llamadas comerciales no solicitadas y fortalecer el derecho de los usuarios a rechazar publicidad.

Por su parte, María del Rocío Corona Nakamura, del PVEM, destacó que los consumidores deben poder decidir si desean recibir comunicaciones promocionales por teléfono, mensajes, correo electrónico u otros canales.

La reforma se enfoca en el contacto comercial no autorizado e insistente; no supone una prohibición general de todas las llamadas de empresas a sus clientes.

México, entre los países con más llamadas no deseadas

En el dictamen, los legisladores señalaron que México se encuentra entre los cinco países con mayor número de llamadas no deseadas, con un promedio estimado de 20 a 25 contactos de spam por usuario al mes.

Los senadores advirtieron que esta saturación no solamente genera molestias, sino que también puede incrementar la exposición de las personas a intentos de fraude y afectar su privacidad.

Estas cifras forman parte de los argumentos presentados en el dictamen; la información proporcionada no identifica el estudio ni el periodo de medición que permitirían verificarlas de manera independiente.

¿Por qué buscan aumentar las sanciones?

Los legisladores consideraron que el problema no radica únicamente en la existencia de mecanismos para evitar llamadas publicitarias, sino en la falta de consecuencias económicas suficientemente disuasorias para las empresas que incumplen las restricciones.

Por ello, la reforma pretende fortalecer el marco de protección al consumidor mediante multas más elevadas.

El cambio busca que las compañías revisen sus prácticas de publicidad telefónica y contacto comercial, especialmente cuando utilizan información personal de consumidores para realizar promociones no solicitadas.

¿Cuándo entrarán en vigor las multas?

La reforma todavía no es ley vigente.

Aunque el Senado aprobó el dictamen por unanimidad, la Cámara de Diputados deberá analizarlo y determinar si lo aprueba.

En caso de concluir favorablemente el procedimiento legislativo, el decreto deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y entrar en vigor conforme a sus disposiciones.

Hasta entonces, no puede afirmarse que las multas de hasta 2.3 millones de pesos ya se estén aplicando por esta nueva reforma.