Zarate Vite es culpable, tribunal revoca sentencia que lo absolvía

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* Dan nueve años de prisión por los delitos de hostigamiento y abuso sexual al ex trabajador de la CNDH.

* Con este tipo de sentencias tenemos que dejar en claro que juzgar con perspectiva de género no  debe ser opcional: Abogado defensor.

 El viernes 28 de abril de 2017, la Magistrada del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, Antonia Herlinda Velasco Villavicencio, resolvió que Arturo Zarate Vite, ex Coordinador de Comunicación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sí es culpable de los delitos de hostigamiento y abuso sexual cometidos en contra de dos ex trabajadoras de dicha institución.

 La condena impuesta por hostigamiento sexual es de dos días de multa y por abuso sexual es de nueve años de prisión.

 La sentencia establece también, que se condena al agresor por el concepto de la reparación del daño  y se “ordena la amonestación del sentenciado para prevenir su reincidencia”.

 Esta sentencia llega luego de que las victimas interpusieran un amparo directo (11/2017) en contra de la sentencia emitida en octubre de 2016 por el juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, Ricardo Garduño Pasten, quien determinó que Zárate Vite era inocente.

 El amparo directo 11/2017 fue resuelto el 23 de marzo de 2017 y en él, el Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito deja insubsistente el fallo que señala que Zárate es inocente y ordena al tribunal unitario revisar la sentencia “a la luz de la perspectiva de género en el entendido de que atenderá a los lineamientos fijados en la tesis de jurisprudencia emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: “Acceso A La Justicia En Condiciones De Igualdad. Elementos Para Juzgar Con Perspectiva De Género”.

 En el amparo, se determina que en la sentencia emitida por Ricardo Garduño Pasten “se usaron especulaciones y criterios puramente subjetivos pese a que se acreditó fehacientemente la conducta penalmente reprochada.”

 Agrega que  “no se tomaron en cuenta los artículos relativos a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belem do Pará”, no obstante que de autos se aprecia que en todo momento existió violencia psicológica y/o sexual contra las quejosas”.

 Al respecto, el abogado defensor de las víctimas, José Eduardo Cediera Janeiro señala que

“las personas juzgadoras no pueden emitir una sentencia basada en estereotipos o en prejuicios, por eso nos alegramos mucho del trabajo realizado por el Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito que hace valer la jurisprudencia en la materia, así como la normatividad nacional e internacional. Con este tipo de sentencias tenemos que dejar en claro, que juzgar con perspectiva de género no deber ser opcional”.

 Cinco años ha tomado este proceso que inició en 2012 cuando tres mujeres que trabajaban en el área de comunicación de la CNDH, denunciaron ante el entonces primer visitador Luis García López Guerrero que eran víctimas de hostigamiento y abuso sexual por parte de Arturo Zárate Vite. Luego de ver las pruebas, entre las que destacaban cartas de puño y letra, mensajes de celular, correos institucionales y audios, Luis García las enfrentó con el agresor  y a pesar de que éste aceptó su culpabilidad, el primer visitador descalificó sus testimonios.

 “Entonces sólo queríamos que la agresión parara, que nos dejara trabajar en paz porque había represalias laborales y sí pensamos que la Comisión nos apoyaría, pero lejos de eso, nos trataron muy mal, al ir al Órgano Interno de Control (OIC)  nos preguntaron cómo solíamos ir vestidas a la oficina y claro que tuvimos que renunciar” explica una de las víctimas.

 En septiembre de ese mismo año, con excesiva lentitud e insensibilidad, después de ocho meses de que las ex trabajadoras levantaran una queja ante el OIC, encabezado entonces  por Franco Fabbri, éste finalmente concluyó que el ex funcionario era culpable y fue inhabilitado por 6 meses.

 Mientras tanto, también en 2012,  dos de las tres víctimas acudieron a la Procuraduría General de la República para interponer una denuncia penal, la tercera víctima fungió como testigo.

En marzo de 2015, se emitió la primera sentencia en contra de Jorge Arturo Zárate Vite por el Juez Primero de Distrito de Proceso Penales Federales en el Distrito Federal, Eduardo Torres Carrillo, quien lo encontró culpable de los delitos de abuso y hostigamiento sexual y lo sentenció  a nueve años y nueve meses de cárcel y al pago de quince días de multa.

 “Esta sentencia llega después de un largo proceso, cuando ya habíamos perdido toda esperanza de acceder a la justicia, por eso nos congratulamos mucho del trabajo del tribunal unitario y de la Magistrada Velasco Villavicencio por la defensa de los derechos de las mujeres al aplicar los criterios de la SCJN y leyes, que han sido producto de la lucha de otras mujeres que como nosotras, creyeron que sí es posible acceder a la justicia” concluye una de las víctimas.